Estimado cliente:
En virtud al COMUNICADO DGTHSO-012/2024 DIA DEL PADRE BOLIVIANO de fecha 18 de marzo de 2024 emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo
y Previsión Social, es importante considerar lo descrito con relación al Art. 2 Parágrafo I y III del Decreto Supremo N°4927 de fecha 01 de mayo de 2023:
• “I.- Se establece asueto de media jornada laboral el día 19 de marzo de cada gestión, aplicable en el sector público y privado, conmemorando el Día del Padre boliviano.”
• “III.- …en el sector privado, el asueto deberá ser adecuado a sus modalidades y horarios de trabajo con la instancia responsable de recursos humanos u oficinas de personal.”
Por lo tanto, velando por el cumplimiento de la normativa mencionada, se deberá otorgar a todos los padres de familia del Estado Plurinacional de Bolivia el asueto de media jornada laboral, con el fin que los mismos puedan participar de las actividades y actos de homenaje conmemorativos en su honor, debiendo Recursos Humanos adecuar dicho asueto de acuerdo a las particularidades y necesidades específicas de cada empresa. Quedamos atentos para aclarar cualquier duda o complementación necesaria, los saludamos.